Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito, 22 de Noviembre de 2019 (Tesis num. V.3o.C.T.16 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Quinto Circuito, 22-11-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2021116
Número de resoluciónV.3o.C.T.16 C (10a.)
Fecha de publicación22 Noviembre 2019
Fecha22 Noviembre 2019
MateriaCivil,Derecho Civil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; V.3o.C.T.16 C (10a.)

Las disposiciones contenidas en la codificación procesal civil están encaminadas a regular los juicios que se susciten entre las partes que comparecen en una situación equiparable entre sí, esto es, en un plano de igualdad, al margen de alguna calidad específica que pudieran tener. En cuanto a las medidas o providencias cautelares dictadas en dichos procedimientos, el legislador local previó en el título quinto "Providencias cautelares", del libro tercero "Juicios en particular y procedimientos especiales", diversas modalidades y en el artículo 722 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora estableció una cláusula abierta para decretar providencias urgentes distintas a las reguladas expresamente a favor de la persona a quien asista un motivo justificado para temer que, durante el tiempo anterior al reconocimiento judicial de su derecho, pueda sufrir un peligro inmediato e irreparable, con el fin de asegurar provisionalmente los efectos de la decisión sobre el fondo. En este sentido, si en los juicios civiles el conflicto a resolver surge de diferencias entre partes que se encuentran en un plano de igualdad, entonces, las medidas o providencias cautelares que se dicten en los mismos con fundamento en el citado numeral, no pueden tener el alcance de suspender los efectos de las resoluciones emitidas por autoridades jurisdiccionales de distintos fuero y competencia, como lo son los laudos que dictan las Juntas de Conciliación y Arbitraje, pues esto implicaría desnaturalizar el carácter ordinario del juicio seguido ante la potestad común, cuya materia se limita a obtener el reconocimiento o extinción...

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