Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 22 de Noviembre de 2019 (Tesis num. VII.1o.C.59 C (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 22-11-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2021086
Número de resoluciónVII.1o.C.59 C (10a.)
Fecha de publicación22 Noviembre 2019
Fecha22 Noviembre 2019
MateriaCivil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VII.1o.C.59 C (10a.)

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció en las jurisprudencias 1a./J. 42/2016 (10a.) y 1a./J. 34/2016 (10a.), de títulos y subtítulos: "ALIMENTOS. LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONARLOS DENTRO DE LAS RELACIONES PATERNO-FILIALES SURGE DE LA PATRIA POTESTAD." y "ALIMENTOS. EL ESTADO DE NECESIDAD DEL ACREEDOR ALIMENTARIO ES ESTRICTAMENTE INDIVIDUAL Y SURGE DE LA NECESIDAD Y NO DE LA COMODIDAD.", por un lado, que la pensión alimenticia por concepto de educación consiste en otorgar a los acreedores los elementos necesarios para que puedan valerse por sus propios méritos y que para poder ejercer su profesión en algunos casos es necesario el título que acredite la capacidad necesaria para ello, que les permita obtener una retribución, por lo que en tales supuestos los gastos de titulación forman parte de los alimentos por educación, de manera que el derecho a recibir la pensión relativa se prolongará hasta que se obtenga el título profesional, de manera regular; y, por otro, que el estado de necesidad del acreedor a los alimentos surge de ésta y no de la comodidad, por lo que, quien tiene posibilidades de trabajar, no puede exigir de otro la satisfacción de sus necesidades básicas. Por su parte, el artículo 239 del Código Civil para el Estado de Veracruz, es preciso al señalar que tratándose de menores los alimentos también deben cubrir los gastos necesarios para su educación, que les permita adquirir algún oficio, arte o profesión lícitos adecuados a sus circunstancias personales. En tales condiciones, tratándose de alimentos por concepto de educación, éstos duran hasta en tanto el...

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