Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 15 de Noviembre de 2019 (Tesis num. XVII.2o.C.T.13 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 15-11-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.2o.C.T.13 L (10a.)
Fecha de publicación15 Noviembre 2019
Fecha15 Noviembre 2019
Número de registro2021076
MateriaComún,Derecho Fiscal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XVII.2o.C.T.13 L (10a.)

Cuando en un juicio laboral se reclame como prestación de seguridad social en especie la hospitalización de un derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social y en el laudo respectivo se dicte condena, es improcedente conceder la medida cautelar solicitada respecto de ese fallo, dado que la protección al derecho a la salud y a las personas en un estado de vulnerabilidad resulta ser de orden público e interés social, así como de carácter obligatorio para el Estado. De estimar lo contrario, se permitiría que éste dejara de cumplir con las obligaciones legales, constitucionales, así como con estándares establecidos mediante jurisprudencia interamericana, habida cuenta que se causarían daños de difícil reparación a la parte que obtuvo laudo a favor, incluso de imposible restitución, aun cuando su contraria no obtuviera la protección de la Justicia Federal instada.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Queja 33/2019. E.M.H., por sí y en su carácter de representante de A.S.H.. 9 de mayo de 2019. Unanimidad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR