Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 4 de Octubre de 2019 (Tesis num. VII.2o.T.232 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 04-10-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2020770
Número de resoluciónVII.2o.T.232 L (10a.)
Fecha de publicación04 Octubre 2019
Fecha04 Octubre 2019
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VII.2o.T.232 L (10a.)

De los artículos 151 y 153 de la Ley Federal del Trabajo se advierte la obligación de los patrones de proporcionar vivienda a los trabajadores, ya sea mediante el pago de aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, o bien, dándoles en comodato o en arrendamiento algún tipo de vivienda, como lo disponen los artículos citados. Así, para la recuperación de la vivienda proporcionada a los trabajadores como contraprestación por los servicios prestados, la devolución del inmueble debe tramitarse en el procedimiento laboral, conforme al último de los numerales, de suerte que ante cualquier controversia que se suscite al respecto, el patrón debe acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje a solicitar su desocupación y entrega, en tanto ésta hace las veces de órgano jurisdiccional, pues...

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