Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 27 de Septiembre de 2019 (Tesis num. III.2o.C.1 CS (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 27-09-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.C.1 CS (10a.)
Fecha de publicación27 Septiembre 2019
Fecha27 Septiembre 2019
Número de registro2020685
MateriaConstitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.2o.C.1 CS (10a.)

Juzgar con perspectiva de género, constituye una responsabilidad constitucional y convencional que, para las autoridades jurisdiccionales, opera de oficio cualquiera que sea la instancia y que, entre otros, tiene como objetivo detectar cualquier posible transgresión a los derechos de igualdad y no discriminación que puedan sufrir las personas. Así, tratándose de un adulto mayor, la circunstancia de que en términos del artículo 68 ter del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Jalisco, el agente de la Procuraduría Social haya limitado su participación en un juicio civil a actuar únicamente como vigilante genérico de la legalidad del asunto, por haber designado aquél, previamente, abogados particulares para que lo asistan, no debe servir de sustento a la autoridad judicial para dar por sentado que el involucrado no se encuentra en una situación de vulnerabilidad para los efectos de la resolución de la controversia, pues el...

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