Tesis Aislada, Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 27 de Septiembre de 2019 (Tesis num. I.9o.T.69 L (10a.) de Noveno Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 27-09-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.9o.T.69 L (10a.)
Fecha de publicación27 Septiembre 2019
Fecha27 Septiembre 2019
Número de registro2020674
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.9o.T.69 L (10a.)

La otrora Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis aislada de rubro: "FALTAS DE ASISTENCIA INJUSTIFICADAS, MOMENTO EN QUE COMIENZA A CORRER EL TÉRMINO PARA LA PRESCRIPCIÓN EN CASO DE.", publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Sexta Época, Volumen CXXIII, Quinta Parte, septiembre de 1967, página 11, determinó que el patrón puede sancionar al trabajador faltista, a partir del momento en que tenga lugar la última inasistencia que pueda dar origen a la rescisión de la relación, disponiendo hasta entonces del término de un mes para ejercitar la acción respectiva. Ahora bien, si las faltas del trabajador fueron continuas y reiteradas, al ser de tracto sucesivo, la causal de rescisión se actualiza con cada día que falte el trabajador, incluso, hasta la fecha de instauración del acta...

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