Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 20 de Septiembre de 2019 (Tesis num. II.2o.P.36 K (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 20-09-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.2o.P.36 K (10a.)
Fecha de publicación20 Septiembre 2019
Fecha20 Septiembre 2019
Número de registro2020632
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; II.2o.P.36 K (10a.)

La causa de impedimento o excusa por razones de amistad o animadversión, planteado en términos de la fracción VIII del precepto citado requiere para su actualización dos aspectos imprescindibles; por un lado, la existencia de datos, circunstancias, condiciones o acontecimientos fácticos que por su naturaleza objetiva, su dimensión o alcance jurídico o material, revelan la existencia real de una situación a partir de la cual pueda derivar la generación de un estado de relación de amistad o vínculo; o bien, de enemistad o animadversión comprensibles y, por otro, la prueba de certeza del estatus de existencia efectiva de una amistad o animadversión, que por su naturaleza subjetiva pueda obtenerse de las propias manifestaciones del servidor público que así lo considere para excusarse. Por tanto, se...

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