Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito, 20 de Septiembre de 2019 (Tesis num. XIX.1o.A.C.27 C (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y Civil del Décimo Noveno Circuito, 20-09-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2020630
Número de resoluciónXIX.1o.A.C.27 C (10a.)
Fecha de publicación20 Septiembre 2019
Fecha20 Septiembre 2019
MateriaCivil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XIX.1o.A.C.27 C (10a.)

A fin de estar en posibilidad jurídica para decretar el divorcio incausado, conforme a los artículos 248 y 249 del Código Civil para el Estado de Tamaulipas, la actora tiene la obligación ineludible de acompañar la propuesta de convenio respectivo, por ser un presupuesto de procedencia de la acción, sin que por ello se conculque el derecho al libre desarrollo de la personalidad, toda vez que la finalidad del convenio es proteger el interés superior del niño, fijar alimentos, establecer la custodia y las reglas de convivencia, así como proteger el patrimonio de la familia, al requerir la manera en que se administrarán los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide ésta, así como la forma de liquidarla. Lo anterior, se considera una medida razonable y proporcional, dado que sólo se solicita a la actora...

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