Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, 13 de Septiembre de 2019 (Tesis num. (V Región)2o.3 P 10a.) de Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de La Quinta Región, 13-09-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2020591
Número de resolución(V Regi
Fecha de publicación13 Septiembre 2019
Fecha13 Septiembre 2019
MateriaPenal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; (V Región)2o.3 P 10a.)

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 62/2016 (10a.), ha sostenido que la ausencia de ratificación de los dictámenes periciales oficiales, constituye una imperfección y un vicio formal susceptible de ser subsanado en la etapa de instrucción penal, a efecto de procurarles valor probatorio pleno en la sentencia definitiva. Al respecto, la carga de perfeccionar este tipo de prueba de cargo corresponde al oferente Ministerio Público, pues al Juez del proceso le está vedado ordenar su ratificación, en atención a la imparcialidad e igualdad de trato procesal que debe observar, por lo cual, sólo incumbe a las partes perfeccionar pruebas para obtener su valor pleno.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA QUINTA REGIÓN.

Amparo en revisión 37/2019 (cuaderno auxiliar 523/2019) del índice del Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Cuarto Circuito, con apoyo del Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con residencia en Culiacán, S.. 27 de junio de 2019. Unanimidad de votos...

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