Tesis Aislada, Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 9 de Agosto de 2019 (Tesis num. I.15o.C.10 C (10a.) de Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 09-08-2019 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2020354 |
Número de resolución | I.15o.C.10 C (10a.) |
Fecha de publicación | 09 Agosto 2019 |
Fecha | 09 Agosto 2019 |
Materia | Civil |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.15o.C.10 C (10a.) |
De acuerdo con las consideraciones que dieron origen a las tesis aisladas 1a. LXXXVII/2015 (10a.) y 1a. XC/2015 (10a.), de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de títulos y subtítulos: "ALIMENTOS. LA PENSIÓN ALIMENTICIA DERIVADA DE UNA SENTENCIA DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD DEBE SER RETROACTIVA AL MOMENTO DEL NACIMIENTO DEL MENOR." y "ALIMENTOS. ELEMENTOS QUE EL JUZGADOR DEBE CONSIDERAR PARA CALCULAR EL QUÁNTUM DE LA PENSIÓN ALIMENTICIA CUANDO LA OBLIGACIÓN DEBA RETROTRAERSE AL MOMENTO DEL NACIMIENTO DEL MENOR.", los factores atinentes a la existencia o no de un conocimiento previo de la obligación de pagar alimentos y a la buena o mala fe, no son una condición para decidir sobre la procedencia o no del pago de los alimentos retroactivos, sino solamente para fijar el monto del pago de la pensión alimenticia retroactiva, puesto que el derecho de alimentos nace en razón del vínculo paterno-materno-filial y, por ello, la deuda alimenticia no se genera con la iniciación de la demanda de reconocimiento de paternidad, porque retrotraer los alimentos al momento del nacimiento del menor, es la única interpretación compatible con el interés superior del menor y, el principio de igualdad y de no discriminación; de ahí que debe condenarse a su pago desde el momento del nacimiento. Por tanto, el desconocimiento previo del embarazo y del nacimiento de la persona menor de edad no deben ser motivo para privarlo de su derecho a recibir alimentos desde el momento de su nacimiento, sino únicamente debe ser tomado en cuenta para fijar el quántum de la pensión alimenticia retroactiva.
DÉCIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Amparo directo 166/2019. 6 de marzo de 2019. Unanimidad de votos. Ponente: N.L.R.. Secretaria: A.L.G..
Nota: Las...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Ejecutoria num. 3/2020 de Plenos de Circuito, 26-03-2021 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...registro digital: 2008543 10. Tesis: 1a. XC/2015 (10a.), Primera Sala, Décima Época, con número de registro digital: 2008541. 11. Tesis: I.15o.C.10 C (10a.), Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. Décima Época, con número de registro digital: 12. Tesis: 1a. L......
-
Sentencia con número de expediente 5/2022. Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Decimosexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Gto, 2022-09-12
...de Justicia de la Nación. Registro digital: 2020354. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Décima Época. Materia(s): Civil. Tesis: I.15o.C.10 C (10a.). Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 69, Agosto de 2019, Tomo IV, página 4387. Tipo: Aislada. - - - “ALIME......
-
Sentencia Nº 0105/2020 de Tercera Sala Civil Puebla, 30-09-2020
...del nacimiento del menor, es la única interpretación compatible con el interés superior del menor. Es observable al respecto la tesis I.15o.C.10 C (10a.), del Décimo Quinto Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito, consultable en la página 4387, Libro Agosto de 2019, Tomo IV,......
-
Sentencia con Nº de expediente 0057/2021 de Tribunal Superior de Justicia de Aguascalientes, 25-03-2021
...en Materia Civil del Primer Circuito, consultable en el Semanario Judicial de la Federación, en la décima época, materia civil, tesis I.15o.C.10 C (10a.), libro sesenta y nueve, agosto de dos mil diecinueve, tomo página cuatro mil trescientos ochenta y siete, registro número dos millones ve......