Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 7 de Junio de 2019 (Tesis num. XXX.1o.13 C (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 07-06-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXX.1o.13 C (10a.)
Fecha de publicación07 Junio 2019
Fecha07 Junio 2019
Número de registro2019992
MateriaCivil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXX.1o.13 C (10a.)

El artículo 26 de la Convención de la Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores establece que, al ordenar la restitución del menor, las autoridades judiciales pueden disponer que la persona que hizo el traslado o retención ilegal pague los gastos necesarios que haya cubierto el solicitante de la restitución o en que se haya incurrido en su nombre, incluidos los viajes, todos los costos o pagos efectuados para localizar al menor, las costas de la representación judicial del solicitante y los gastos de la restitución del menor. De ahí que si el pacto internacional prevé la reclamación del pago de los gastos que hubiera efectuado el solicitante de la restitución y no dispone los casos en que éstos procedan, para ello debe acudirse a los ordenamientos locales, en términos del diverso artículo 2; por tanto, si el código...

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