Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 7 de Junio de 2019 (Tesis num. VII.2o.T.215 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 07-06-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.2o.T.215 L (10a.)
Fecha de publicación07 Junio 2019
Fecha07 Junio 2019
Número de registro2020018
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VII.2o.T.215 L (10a.)

De la interpretación sistemática y armónica de la cláusula 132, inciso c), del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre Petróleos Mexicanos y el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, bienio 2015-2017, y los artículos 3, inciso b) y 11 del Reglamento de Pensión Post-Mortem, se concluye que basta con que se reclame en un juicio laboral el otorgamiento de una pensión por orfandad, y que ésta se estime procedente por el órgano jurisdiccional correspondiente, para que como efecto inherente se decrete oficiosamente otorgar el servicio médico, aun sin haberse reclamado expresamente...

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