Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 17 de Mayo de 2019 (Tesis num. I.1o.A.214 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 17-05-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2019844
Número de resoluciónI.1o.A.214 A (10a.)
Fecha de publicación17 Mayo 2019
Fecha17 Mayo 2019
MateriaAdministrativa
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.1o.A.214 A (10a.)

Los artículos 27, párrafo primero y 28, párrafo décimo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 20, 21, 21 Bis, 22, 24, 29 Bis 5 y 42 de la Ley de Aguas Nacionales, que rigen el otorgamiento de las concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, vinculan a la Comisión Nacional del Agua a realizar un estudio particularizado del proyecto correspondiente para verificar que, de aprobarse, no afecte el interés social. En consecuencia, el hecho de presentar una solicitud de concesión que colme los requisitos que la normativa aplicable exija y en la que se pretenda el aprovechamiento de un volumen de agua inferior al oficialmente publicado como disponible, sólo constituyen presupuestos o elementos mínimos para que la autoridad resolutora pueda calificar su viabilidad, pero no garantizan su autorización.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 416/2018. Mexicana del Arco, S.A. de C.V. 3 de octubre de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: C.R.S.. Secretario: U.O.Á..

Esta tesis se publicó el viernes 17 de mayo de 2019 a las 10:22 horas en el Semanario Judicial de la...

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