Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, 17 de Mayo de 2019 (Tesis num. XVI.1o.A.185 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, 17-05-2019 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | XVI.1o.A.185 A (10a.) |
Fecha de publicación | 17 Mayo 2019 |
Fecha | 17 Mayo 2019 |
Número de registro | 2019847 |
Materia | Común |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XVI.1o.A.185 A (10a.) |
El proceso administrativo regulado por el Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, prevé una serie de medidas que el juzgador debe utilizar para vencer la posible contumacia de quienes están obligados a acatar el fallo correspondiente, las cuales pueden ir desde el apercibimiento, hasta dar vista al Ministerio Público. Así, es el propio órgano jurisdiccional quien, coactivamente, debe imponer las sanciones a la parte obligada, que regularmente es una autoridad administrativa, al ser el facultado para realizar las gestiones necesarias a fin de dar cumplimiento a la sentencia condenatoria. En estas condiciones, el juicio de amparo debe promoverse tanto contra los actos de la demandada en el juicio de origen, como del órgano jurisdiccional, por no cumplir con sus obligaciones de sancionar la rebeldía de aquélla. Por tanto, si se promueve amparo contra el incumplimiento de una sentencia dictada por el Tribunal de Justicia Administrativa local y en la demanda únicamente se designa como responsable a la...
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Ejecutoria num. 2/2020 de Plenos de Circuito, 30-04-2021 (CONTRADICCIÓN DE TESIS)
...expuestos por este Tribunal Colegiado al resolver los amparos en revisión administrativa 207/2018 y 71/2018 de los que derivó la tesis XVI.1o.A.185 A (10a.), publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 66, Tomo III, mayo de 2019, Décima Época, página 2499, de rubro......