Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 3 de Mayo de 2019 (Tesis num. XV.4o.6 K (10a.) de Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 03-05-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXV.4o.6 K (10a.)
Fecha de publicación03 Mayo 2019
Fecha03 Mayo 2019
Número de registro2019796
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XV.4o.6 K (10a.)

Ante la insuficiente reglamentación en la Ley de Amparo sobre el desahogo de la prueba pericial grafoscópica, respecto de los documentos susceptibles de considerarse indubitados para el cotejo de firmas, debe acudirse a los artículos 138, 139 y 140, en relación con el libro primero, título cuarto, capítulo IV, todos del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos del artículo 2o. del ordenamiento inicialmente mencionado, de los cuales se advierte que las partes pueden pedir el cotejo de las firmas plasmadas en un documento cuando se niegue su autenticidad o porque ésta se ponga en duda ofreciendo una prueba pericial, y si bien es cierto que el oferente tiene derecho a designar el documento indubitado, también lo es que esa prerrogativa no es irrestricta, sino que...

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