Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 3 de Mayo de 2019 (Tesis num. XXX.1o.11 P (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 03-05-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXX.1o.11 P (10a.)
Fecha de publicación03 Mayo 2019
Fecha03 Mayo 2019
Número de registro2019775
MateriaPenal,Derecho Penal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXX.1o.11 P (10a.)

El primer párrafo del artículo mencionado, regula el derecho a la indemnización para aquellas personas procesadas que: i) fueren liberadas por haber sido privadas de su libertad injustamente; ii) fueren absueltas; iii) a su favor se dicte el sobreseimiento; o iv) se declare procedente su reconocimiento de inocencia. Ahora, de la norma se advierte que su finalidad es reparar por el daño causado al procesado ante la pérdida e imposibilidad de generar ingresos económicos –que por su trabajo o actividad hubiera percibido– durante el tiempo de su injusta reclusión. Asimismo, dicho dispositivo establece que la indemnización correspondiente se realizará en razón del tiempo de privación de la libertad, lo que implica que se considerará el plazo transcurrido entre el día en que el inculpado fue detenido hasta aquel en que fue liberado, es decir, en el que recobró su libertad deambulatoria, ya que será hasta ese ulterior momento, cuando el encausado se encontrará nuevamente en posibilidad de dedicarse a un empleo o actividad económica. En este...

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