Tesis Aislada, Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 12 de Abril de 2019 (Tesis num. I.10o.C.19 C (10a.) de Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 12-04-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2019674
Número de resoluciónI.10o.C.19 C (10a.)
Fecha de publicación12 Abril 2019
Fecha12 Abril 2019
MateriaCivil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.10o.C.19 C (10a.)

Como dichas cuotas extraordinarias son pagos fijados por la asamblea general de un condominio para sufragar necesidades que temporalmente tiene, verbigracia, remodelar la fachada, vestíbulo y entrada; lavado de cisternas; reparación de elevadores; desazolve; arreglos eléctricos, etcétera; entonces no tienen la calidad de prestaciones periódicas a que se refiere el artículo 1162 del Código Civil para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, por lo que, respecto de éstas, no se actualiza la prescripción negativa; puesto que una prestación periódica es la obligación que el deudor –condómino y/o ocupante del bien– tiene que cumplir cada determinado tiempo, hasta en tanto exista el régimen de propiedad en condominio, es decir, esta obligación no se extingue mientras aquél exista. A...

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