Tesis Aislada, Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 5 de Abril de 2019 (Tesis num. I.12o.C.25 K (10a.) de Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 05-04-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.12o.C.25 K (10a.)
Fecha de publicación05 Abril 2019
Fecha05 Abril 2019
Número de registro2019615
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.12o.C.25 K (10a.)

La finalidad del amparo adhesivo es resolver integralmente el asunto para evitar la prolongación de la controversia, siempre y cuando se cumpla con la condición de que se respeten la lógica y las reglas fundamentales que norman el procedimiento en el dictado de las sentencias de amparo. Dichas reglas son: a) Que se siga el principio de mayor beneficio; b) Que las omisiones en las que incurra la autoridad responsable solamente puedan subsanarse si se trata de valoración de pruebas en que no rija el arbitrio judicial; c) Que se siga un principio de lógica en las sentencias de amparo consistente en que la autoridad haya ejercido su facultad de resolver pues, de lo contrario, no habría consideraciones que deban ser fortalecidas; y, d) Que cuando éstas existan y concluyan en un punto decisorio que perjudique, debe promoverse juicio de amparo principal y no adhesivo. Por otro lado, su procedencia se determina atento a que se cumpla con una de las dos hipótesis que establece el artículo 182 de la Ley de Amparo: 1) Que se trate de argumentos que fortalezcan (fortalecer: hacer más fuerte o vigoroso o confirmar, corroborar) las consideraciones vertidas en el fallo definitivo, es decir, que se den fundamentos de derecho y motivos fácticos adicionales a los que expuso la...

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