Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, 5 de Abril de 2019 (Tesis num. XI.3o.A.T.8 A (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, 05-04-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXI.3o.A.T.8 A (10a.)
Fecha de publicación05 Abril 2019
Fecha05 Abril 2019
Número de registro2019607
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XI.3o.A.T.8 A (10a.)

En los juicios agrarios pueden darse los hechos siguientes y, por ende, situaciones de derecho que en uno y en otro supuestos tienen consecuencias jurídicas diversas cuando: a) el comisariado ejidal tiene la autorización de la asamblea general de ejidatarios para allanarse a las pretensiones del actor, pero omite comparecer; b) no existe autorización de la asamblea para que aquél se allane y, además, el juicio se lleve en rebeldía; y, c) el comisariado ejidal no tiene autorización para allanarse y, sin embargo, lo hace en una de las audiencias. Ahora, de actualizarse el primer supuesto [inciso a)] cuando, por ejemplo, con motivo de la delimitación, destino y asignación de tierras ejidales, se promueva la acción de nulidad del acta de la asamblea general de ejidatarios relativa, y en ésta se autorizó al comisariado ejidal para que se allane a las pretensiones del actor, el tribunal agrario debe tomar...

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