Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 22 de Marzo de 2019 (Tesis num. XVII.2o.P.A.34 P (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 22-03-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.2o.P.A.34 P (10a.)
Fecha de publicación22 Marzo 2019
Fecha22 Marzo 2019
Número de registro2019548
MateriaPenal,Derecho Penal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XVII.2o.P.A.34 P (10a.)

El procedimiento abreviado es una institución tendente a acelerar el proceso, en donde la propuesta sancionadora del Ministerio Público restringe el arbitrio judicial, ya que otorga oportunidad a las partes de que adopten una postura que convenga a sus intereses y su apertura es exclusivamente a petición del Ministerio Público; por tanto, si no existe consenso respecto a la propuesta punitiva ofertada por la Representación Social, ésta debe optar por la tramitación del procedimiento ordinario; de lo contrario, implícitamente consiente la posibilidad de que se imponga una pena, incluso menor a la que pretende, pues de conformidad con el artículo 392 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua, la única restricción que tiene el Juez de Control es la de no imponer una pena superior a la solicitada por la Representación Social; de ahí...

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