Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 22 de Marzo de 2019 (Tesis num. I.5o.P.71 P (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 22-03-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2019555
Número de resoluciónI.5o.P.71 P (10a.)
Fecha de publicación22 Marzo 2019
Fecha22 Marzo 2019
MateriaPenal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.5o.P.71 P (10a.)

El precepto citado establece que recibida la recusación por quien deba calificarla, se abrirá a prueba el incidente por setenta y dos horas, y se citará a las partes para audiencia que se verificará dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, en la que se pronunciará el fallo, es decir, prevé plazos en horas; sin embargo, debe interpretarse que éstos transcurren en días hábiles, porque no se está en un caso urgente; además, debe considerarse la regla general prevista en el artículo 57 del propio código, con lo que se salvaguardan los parámetros constitucionales que prevén el acceso a la justicia, sobre todo, si se toma en cuenta que las Salas del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México tienen un horario de labores específico, en virtud de que no cuentan con alguna oficina de correspondencia común para recibir...

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