Tesis Aislada, Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 15 de Marzo de 2019 (Tesis num. I.18o.A.95 A (10a.) de Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 15-03-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2019486
Número de resoluciónI.18o.A.95 A (10a.)
Fecha de publicación15 Marzo 2019
Fecha15 Marzo 2019
MateriaAdministrativa
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.18o.A.95 A (10a.)

De conformidad con el artículo 310 de la Ley General de Salud, en materia de medicamentos, remedios herbolarios, equipos médicos, prótesis, ayudas funcionales e insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos y de curación y agentes de diagnóstico, la publicidad se clasifica en: I. Publicidad dirigida a profesionales de la salud y II. Publicidad dirigida a la población en general. Por su parte, el artículo 2 del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad señala que por artículo promocional debe entenderse al objeto que se obsequia al público y que contiene impresa la marca, nombre, logotipo o frase publicitaria de algún producto o servicio. De lo anterior se sigue que la industria farmacéutica tiene que recurrir a una forma particular para la promoción de sus productos, en comparación con otras industrias o giros mercantiles, ya que la promoción de sus productos no puede efectuarse en todos los casos con el público en general. La práctica de promoción –publicidad y propaganda– de la industria farmacéutica resulta sofisticada y diferente respecto a otras industrias, pues la misma se desarrolla a modo de generalidad, como lo señaló la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente en la recomendación sistémica DGAS/RS/001/2012, de 4 de julio de 2012, a través de las siguientes maneras: a) Por una parte, apoyando a los médicos –por ser el único medio apto y especializado en la materia para prescribir sin poner en riesgo la salud de las personas– para que asistan a eventos y convenciones con los gastos de traslado y alojamiento inherentes a estos eventos, con el objeto de que conozcan las sustancias activas o propiedades de los productos que ofrecen para el tratamiento de los padecimientos o de un padecimiento en particular, lo que permite a los médicos tomar una decisión racional a corto o mediano plazo sobre los medicamentos que resultan idóneos para atacar determinada enfermedad (dentro de los...

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