Tesis Aislada, Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 15 de Marzo de 2019 (Tesis num. I.11o.T.7 L (10a.) de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 15-03-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2019487
Número de resoluciónI.11o.T.7 L (10a.)
Fecha de publicación15 Marzo 2019
Fecha15 Marzo 2019
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.11o.T.7 L (10a.)

Si bien es cierto que el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo dispone que tendrán derecho a recibir indemnización en los casos de muerte, en orden de prelación la viuda, el viudo, los hijos menores de 16 años y los mayores de esa edad, si tienen una incapacidad del 50% o más, los ascendientes, la persona con quien el trabajador vivió como si fuera su cónyuge durante los 5 años que precedieron inmediatamente a su muerte, o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato y, a falta de éstos, las personas que dependían económicamente del trabajador; y si no existieren, el Instituto Mexicano del Seguro Social; también lo es que si se trata de la adjudicación de un bien inmueble propiedad del extinto empleado que haya adquirido mediante un crédito del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores, es innecesario que las personas declaradas beneficiarias acrediten que tenían una dependencia económica con aquél, pues el precepto aludido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR