Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 8 de Febrero de 2019 (Tesis num. II.3o.P.13 K (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 08-02-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónII.3o.P.13 K (10a.)
Fecha de publicación08 Febrero 2019
Fecha08 Febrero 2019
Número de registro2019274
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; II.3o.P.13 K (10a.)

La suspensión de los actos reclamados se otorga siempre y cuando estén satisfechos los requisitos del artículo 128 de la Ley de Amparo, pero cuando en un juicio de amparo indirecto se reclama la determinación que deja sin efectos una medida de protección en la que están involucrados menores, además debe proveerse conforme al interés superior de éstos, que se traduce en sobreponer éste respecto de las pretensiones de los adultos; por tanto, es necesario atender lo que más beneficie al infante en su desarrollo físico, mental, moral, espiritual y social, así como la oportunidad de crecer en un ambiente de afecto, seguridad moral y material; por ello, conforme a las circunstancias que cada asunto revista, el juzgador de amparo debe decidir la viabilidad de la concesión de la medida suspensional para que se conserve la materia del juicio constitucional, pero haciendo que las partes involucradas respeten el bienestar del menor y eviten...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR