Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 1 de Febrero de 2019 (Tesis num. XXVII.3o.97 P (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 01-02-2019 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2019204 |
Número de resolución | XXVII.3o.97 P (10a.) |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2019 |
Fecha | 01 Febrero 2019 |
Materia | Penal |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVII.3o.97 P (10a.) |
Para acreditar los elementos del delito de trata de personas previsto en el artículo 19 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los D. en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos D., es inadmisible exigir que el Ministerio Público deba exhibir la constancia de los medios que derivan de fuentes electrónicas de fácil manipulación, como es una red social (por ejemplo, Facebook), o una página electrónica cuyo objeto es ofrecer espacios para publicar avisos de empleo, en razón de que en este tipo de plataformas digitales, cada usuario es libre de administrar el contenido y la información que publica o comparte, por lo que puede existir un impedimento material para obtener el medio de prueba. Por ello, si bien es cierto que esas fuentes de Internet constituyen un adelanto tecnológico que resultan útiles como medios probatorios, también lo es que debe ponderarse la posibilidad de que la información puede modificarse o eliminarse con facilidad, sobre...
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Sentencia con número de expediente 30/2023. Juzgado Quinto de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla, 2019-08-27
...Tipo de Tesis: Aislada Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación Libro 63, Febrero de 2019, Tomo II Materia(s): Penal Tesis: XXVII.3o.97 P (10a.) Página: TRATA DE PERSONAS. LA VALORACIÓN DE LAS PRUEBAS PROVENIENTES DE PLATAFORMAS DIGITALES APORTADAS POR EL MINISTERIO PÚBLICO PA......