Tesis Aislada, Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 25 de Enero de 2019 (Tesis num. I.16o.T.15 K (10a.) de Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 25-01-2019 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.16o.T.15 K (10a.) |
Fecha de publicación | 25 Enero 2019 |
Fecha | 25 Enero 2019 |
Número de registro | 2019065 |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.16o.T.15 K (10a.) |
Del primer párrafo del artículo 189 de la Ley de Amparo se advierte, por un lado, que la prelación en el estudio de los conceptos de violación debe ser lógica y privilegiar en todo caso el de aquellos que, de resultar fundados, redunden en un mayor beneficio para el quejoso; asimismo, se privilegiará el análisis de los temas de fondo por encima de los de procedimiento y forma, salvo que invertir el orden redunde en un mayor beneficio para el quejoso. Atento a lo anterior, si en la ejecutoria de amparo se declara que por una violación procesal debe otorgarse el amparo, en principio, ello sólo implicaría la reposición del procedimiento para que esa violación sea subsanada; por lo cual, si los conceptos de violación se refieren a la pretensión principal instaurada por el actor en el juicio, entonces nada impide que también se analicen en la misma ejecutoria las demás cuestiones planteadas en la demanda, vinculadas a prestaciones accesorias a la acción principal, respecto de las cuales exista algún pronunciamiento de la autoridad responsable, toda vez que también forman parte de las cuestiones de fondo, y no son meramente formales, ni de carácter procesal. Lo anterior se justifica en aras de procurar, en tanto resulte jurídica y materialmente posible, que al dar cumplimiento a la ejecutoria donde se concede el amparo por violación...
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Sentencia con número de expediente 545/2022. Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Sonora, 2022-07-11
...DEL CRITERIO SOSTENIDO EN LA TESIS III.5o.C.7 K).” Así como las consideraciones que sustentan la ejecutoria de la que emana la tesis I.16o.T.15 K (10a.) emitida por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, con registro digital 2019065, consultable a pági......