Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 25 de Enero de 2019 (Tesis num. XXVII.3o.80 A (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 25-01-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXVII.3o.80 A (10a.)
Fecha de publicación25 Enero 2019
Fecha25 Enero 2019
Número de registro2019110
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVII.3o.80 A (10a.)

La causal de improcedencia del juicio de amparo, prevista en el artículo 61, fracción VII, de la ley de la materia, contra las resoluciones o declaraciones del Congreso de la Unión o de sus Cámaras, de las Legislaturas de los Estados o de sus Comisiones o Diputaciones Permanentes, en la elección, suspensión o remoción de funcionarios, siempre que las Constituciones respectivas les otorguen la facultad de resolver soberana o discrecionalmente, está condicionada a que se actualicen las hipótesis siguientes: a) la potestad de decidir sin injerencia de terceros (soberanamente), o la atribución de resolver conforme a su arbitrio y prudencia en la adopción de su decisión (discrecionalmente); y, b) que esa decisión o determinación se encuentre libre de presión y no dependa de una...

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