Tesis Aislada, Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 11 de Enero de 2019 (Tesis num. I.18o.A.105 A (10a.) de Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 11-01-2019 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.18o.A.105 A (10a.)
Fecha de publicación11 Enero 2019
Fecha11 Enero 2019
Número de registro2018942
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.18o.A.105 A (10a.)

La cédula de publicitación vecinal que debe fijarse en lugar visible al exterior del predio a modificar o construir por el interesado en obtener una manifestación de construcción debe contener, conforme al precepto mencionado, los datos relevantes para dar a conocer las obras a realizar incluida la información de las empresas responsables, los terceros contratados y los proyectos a desarrollar, la cual, en principio puede considerarse como información reservada; sin embargo, en virtud de que dicha cédula tiene por objeto informar a la sociedad sobre esas obras para que los afectados estén en posibilidad de ejercer su derecho de inconformidad, la suspensión en el amparo no puede concederse para autorizar publicar la cédula en versión publica, es decir, con la supresión de datos personales, pues ello trastocaría el interés social que subyace en informar a los vecinos de la construcción o modificación de una obra para que...

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