Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, 23 de Noviembre de 2018 (Tesis num. XI.1o.A.T.84 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, 23-11-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2018467
Número de resoluciónXI.1o.A.T.84 A (10a.)
Fecha de publicación23 Noviembre 2018
Fecha23 Noviembre 2018
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XI.1o.A.T.84 A (10a.)

Los artículos 80, fracción I y 81, penúltimo párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente en 2011, son de aplicación estricta, de conformidad con el artículo 5o. del Código Fiscal de la Federación, al establecer cargas a los particulares; de ahí que basta que el contribuyente acredite que más del 90% de sus ingresos acumulables totales provienen de la actividad agrícola, para hacerse acreedor a la reducción del 25% en la contribución determinada, establecida en el segundo de los preceptos señalados. Por tanto, si dichas disposiciones no distinguen si el impuesto que se determine a cargo, debe ser a una persona moral o a una física, pues de su contenido no se advierte esa precisión, el beneficio aludido debe aplicarse a ambas, pues donde la ley no distingue, el juzgador no debe hacerlo.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS...

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