Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, 9 de Noviembre de 2018 (Tesis num. XXII.P.A.43 P (10a.) de Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Vigésimo Segundo Circuito, 09-11-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXII.P.A.43 P (10a.)
Fecha de publicación09 Noviembre 2018
Fecha09 Noviembre 2018
Número de registro2018280
MateriaConstitucional, Penal,Derecho Penal,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXII.P.A.43 P (10a.)

El artículo 461 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece el alcance del recurso de apelación, con la posibilidad de extender el examen de la decisión recurrida a actos violatorios de derechos fundamentales no denunciados en los agravios. En este sentido, esa disposición libera de dicha obligación al órgano jurisdiccional en caso de que no encuentre esas afectaciones que ameriten su actuación oficiosa. De esta manera, cuando el tribunal de apelación guarda silencio en torno a esta temática, se surte la presunción legal citada, en el sentido de que el examen que ha hecho del fallo recurrido, en el contexto de descubrimiento, ha sido exhaustivo. Sin embargo esa presunción puede desvirtuarse a partir de circunstancias objetivas, como podría ser que, al momento de resolver, no haya tenido acceso a la totalidad de los documentos o constancias a partir de las cuales, por ejemplo, el juzgador de primera instancia dijo haber supervisado, aprobado y sancionado el monto de la reparación del daño fijado en la sentencia definitiva dictada en el procedimiento...

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