Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 19 de Octubre de 2018 (Tesis num. I.6o.P.125 P (10a.) de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 19-10-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2018124
Número de resoluciónI.6o.P.125 P (10a.)
Fecha de publicación19 Octubre 2018
Fecha19 Octubre 2018
MateriaPenal,Derecho Penal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.6o.P.125 P (10a.)

El Código Nacional de Procedimientos Penales prevé dos hipótesis de procedencia para librar una orden de aprehensión para la etapa inicial, previstas en sus artículos 141 y 310, los cuales son que: 1. El indiciado, sin causa justificada, no atienda una citación u orden de comparecencia judicial; y, 2. La Representación Social lo considere necesario para lograr la comparecencia del imputado, a fin de que se le formule imputación. Así, se estima actualizada la primera hipótesis (conforme al párrafo cuarto del artículo 141 mencionado), cuando el Juez de Control declara sustraído de la acción de la justicia al imputado, al hacer caso omiso a la citación que se le efectuó, para que...

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