Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 24 de Agosto de 2018 (Tesis num. I.3o.C.324 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 24-08-2018 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 2017709 |
Número de resolución | I.3o.C.324 C (10a.) |
Fecha de publicación | 24 Agosto 2018 |
Fecha | 24 Agosto 2018 |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.3o.C.324 C (10a.) |
Materia | Civil,Derecho Civil |
Los artículos 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 414 Bis y 416 Bis del Código Civil para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, regulan los deberes de crianza y facultades que configuran la patria potestad, orientados a respetar el principio del interés superior de la infancia. En ese contexto, cuando existe un régimen de convivencias debe cumplirse, inexcusablemente, por ambos progenitores y no es dable suspenderlo, motu proprio, por alguno de ellos sino, únicamente, por determinación judicial. Así, para el caso de que el menor presente una enfermedad que no amerite peligro en su vida y esté próximo a convivir con el otro progenitor, ese derecho no puede suspenderse unilateralmente por quien tenga la guarda y custodia, puesto que tan apto es el padre como la madre para hacer frente a los cuidados del menor en relación con su enfermedad, dado que ambos tienen igualdad de posibilidades y pericia para tal efecto, atento al interés superior del menor; sin embargo, si se demuestra que se trata de alguna...
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Sentencia Nº 452/2021 de Primera Sala Colegiada Familiar de Tlalnepantla, 10-01-2023
...digital: 2017709, Instancia: Tercer Tribunal Colegiado En Materia Civil Del Primer Circuito, Décima Época, Materias(s): Civil, Tesis: I.3o.C.324 C (10a.), Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 57, agosto de 2018, Tomo III, página 3039, Tipo: Aislada Sala Colegiada Fa......