Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 13 de Julio de 2018 (Tesis num. I.3o.P.64 P (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 13-07-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.3o.P.64 P (10a.)
Fecha de publicación13 Julio 2018
Fecha13 Julio 2018
Número de registro2017466
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.3o.P.64 P (10a.)
MateriaConstitucional, Penal

Este Tribunal Colegiado de Circuito ha sostenido que si un inculpado está sujeto a medidas privativas de la libertad personal o de prisión preventiva, decretadas por la autoridad judicial, su revisión debe solicitarse ante el órgano jurisdiccional que tramita el procedimiento –en donde puede incluirse la fase judicial del procedimiento de extradición–. Incluso, que la revisión indicada, conforme al artículo quinto transitorio del decreto por el que se reforman diversas leyes generales y federales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio de 2016, debe llevarse a cabo bajo la nueva dinámica del proceso penal acusatorio, en donde lo que se busca es dar vigencia a los principios constitucionales de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. Sin embargo, si la persona requerida en un procedimiento de extradición se encuentra bajo la responsabilidad de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para que ésta, en el plazo de 20 días...

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