Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 13 de Julio de 2018 (Tesis num. VI.1o.A.116 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito, 13-07-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2017446
Número de resoluciónVI.1o.A.116 A (10a.)
Fecha de publicación13 Julio 2018
Fecha13 Julio 2018
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VI.1o.A.116 A (10a.)
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

Cuando en el juicio contencioso administrativo se acredita la legalidad de la notificación de un requerimiento de obligaciones en materia fiscal que el actor, en su demanda inicial, dijo desconocer, los conceptos de nulidad de la ampliación de ésta que controviertan la legalidad del requerimiento por sus propios motivos y fundamentos, no deben tomarse en cuenta por la Sala del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, porque la etapa procesal en que el accionante habría podido impugnarlo, era al formular su escrito inicial. En estas condiciones, aun cuando existan jurisprudencias sobre los diferentes aspectos que pudieran invocarse, atinentes al contenido de dicho requerimiento, y por más que se diga que son obligatorias, al haberse perdido la oportunidad de hacerlas valer en el momento procesal oportuno, ya no podrán ser consideradas para sopesar su aplicabilidad, al resultar extemporáneos los conceptos de nulidad planteados en una etapa procesal ulterior, por haber precluido el derecho para hacerlo válidamente. Siendo así, la tesis de jurisprudencia 2a./J. 21/2013 (10a.) es inaplicable, al entenderse referida al caso en el que no hay preclusión de un derecho motivada por la legalidad definida de una notificación que cierra una etapa procesal previa, sino que versa sobre los alegatos presentados en tiempo, como lo exige el artículo 47 de la Ley...

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