Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, 13 de Julio de 2018 (Tesis num. I.1o.A.E.235 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión Y Telecomunicaciones, Con Residencia en La Ciudad de México Y Jurisdicción en Toda La República, 13-07-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2017450
Número de resoluciónI.1o.A.E.235 A (10a.)
Fecha de publicación13 Julio 2018
Fecha13 Julio 2018
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.1o.A.E.235 A (10a.)
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

En la resolución definitiva de un procedimiento seguido en forma de juicio en que se atribuya al imputado la comisión de una práctica monopólica, la autoridad de competencia económica debe analizar la causa de inculpabilidad consistente en la inexigibilidad de otra conducta, planteada como defensa, en aplicación analógica del artículo 15, fracción IX, del Código Penal Federal y que se estima aplicable al derecho administrativo sancionador para determinar la responsabilidad. Lo anterior, porque la circunstancia de que un agente económico despliegue una conducta que pueda estimarse anticompetitiva, cuando está sujeto a una amenaza de daño sobre sus bienes o la integridad de las personas a su servicio, podría afectar su libertad y, por consiguiente, la reprochabilidad de su actuación, y si bien no puede afirmarse que haya perdido su capacidad de optar entre conducirse conforme al mandato legal o actuar en forma ilícita, lo cierto es que su elección por esta última se aduce como razón para evitar la afectación a bienes jurídicos cuya protección estima relevante. En estos casos, deben analizarse los argumentos y las pruebas con las...

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