Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 13 de Julio de 2018 (Tesis num. XXX.3o.2 K (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito, 13-07-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXX.3o.2 K (10a.)
Fecha de publicación13 Julio 2018
Fecha13 Julio 2018
Número de registro2017401
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXX.3o.2 K (10a.)
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

De la interpretación conjunta de las fracciones XIV y XX del artículo 61 de la Ley de Amparo, se advierte que cuando se reclama una norma general con motivo de su primer acto de aplicación, se actualiza una excepción al principio de definitividad que rige en el juicio de amparo, por lo que no puede exigirse al quejoso que agote los medios de defensa ordinarios que procedan contra el propio acto, al no poder desvincular éste de aquélla. Sin embargo, esa circunstancia no impide que se actualice alguna causa de improcedencia contra el estudio de inconstitucionalidad del precepto impugnado, como por ejemplo, cuando no se señalan como autoridades responsables a los titulares de los órganos del Estado a los que la ley encomienda su promulgación, o bien, cuando no se exponen conceptos de violación para controvertirlo, lo cual llevará a que se decrete el sobreseimiento respecto de aquél. En este caso, el acto de aplicación de la ley reclamada queda desvinculado de ésta, lo cual genera que su análisis se efectúe de manera independiente y, por tanto, previo a examinar los vicios propios que en su caso se hagan valer, debe verificarse que no exista algún motivo de...

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