Tesis Aislada, Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 3 de Agosto de 2018 (Tesis num. I.8o.C.57 C (10a.) de Octavo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 03-08-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2017494
Número de resoluciónI.8o.C.57 C (10a.)
Fecha de publicación03 Agosto 2018
Fecha03 Agosto 2018
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.8o.C.57 C (10a.)
MateriaCivil,Derecho Civil

El efecto que produce un fideicomiso es crear un patrimonio especial o de afectación que conserva total independencia y separación de los patrimonios particulares de los sujetos que intervienen en un contrato de esa clase (artículo 381 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito). El patrimonio así afectado tiene como finalidad el cumplimiento de un objeto determinado, de suerte que el patrimonio fideicomitido no admite ninguna posibilidad de confusión con los patrimonios particulares de los sujetos que lo constituyen, ya que los bienes que componen el fideicomiso integran una universalidad jurídica autónoma, sin vinculación con las deudas personales de quienes figuren como partes en el contrato, ni con la disminución de los patrimonios individuales en razón de pérdidas, así como tampoco con la gestión de los patrimonios propios, esto es, los bienes afectos al fideicomiso se desplazan del patrimonio del fideicomitente al del fiduciario para que permanezcan aislados y no confundidos con los bienes ni con las deudas personales de este último. Por otro lado, el concurso mercantil en etapa de quiebra es un procedimiento de ejecución forzosa de los créditos sobre un patrimonio insuficiente que se liquida por la universalidad de los acreedores bajo el principio de la comunidad de pérdidas, es decir, es un juicio de liquidación del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR