Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, 6 de Julio de 2018 (Tesis num. XIII.P.A.11 K (10a.) de Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Tercer Circuito, 06-07-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIII.P.A.11 K (10a.)
Fecha de publicación06 Julio 2018
Fecha06 Julio 2018
Número de registro2017376
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XIII.P.A.11 K (10a.)

Para la procedencia del recurso de queja en amparo indirecto, en términos del precepto mencionado, es necesario que: la resolución impugnada se dicte durante la tramitación del juicio de amparo o del incidente de suspensión, o bien, después de dictada la sentencia; la resolución emitida no admita expresamente el recurso de revisión; por su naturaleza transcendental y grave, pueda causar daño o perjuicio a alguna de las partes, no reparable en la sentencia definitiva; y, si la resolución es dictada después de fallado el juicio en primera instancia, tenga las mismas características. No obstante, en la etapa de ejecución de la sentencia de amparo hay otros dos supuestos de procedencia de dicho recurso, previstos en los incisos f) y h) de la propia fracción I, a saber, contra las resoluciones: i) que decidan el incidente de reclamación de daños y perjuicios, y ii) que se dicten...

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