Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 22 de Junio de 2018 (Tesis num. VII.1o.T.4 L (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, 22-06-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.1o.T.4 L (10a.)
Fecha de publicación22 Junio 2018
Fecha22 Junio 2018
Número de registro2017239
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VII.1o.T.4 L (10a.)

Si la documental citada se allegó al juicio por medio de la inspección ocular que se practicó, tiene valor probatorio pleno, porque el demandado la entregó al actuario durante la diligencia y se refiere a hechos relacionados con uno de los puntos en su desahogo, de manera que forma parte de dicha prueba, aunque la documental no contenga certificación alguna, pues tiene valor probatorio pleno para demostrar la veracidad de los movimientos que ahí se detallan, porque fue extraída del Sistema Integral de Derechos y Obligaciones (SINDO) del Instituto Mexicano del Seguro Social; sistema que tiene la presunción legal de fiabilidad y certeza de los datos contenidos en él, que reporta movimientos y saldos de las altas y bajas de los trabajadores, en la medida en que son producto del cumplimiento de una obligación legal por parte del patrón y sólo puede ser generada, consultada y procesada por dicho sistema automatizado, sin que sea necesario que se perfeccionara para seguridad jurídica de las partes, en la medida en que fue entregada al actuario por parte del instituto asegurador al desahogar...

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