Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 22 de Junio de 2018 (Tesis num. I.3o.C.315 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 22-06-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2017200
Número de resoluciónI.3o.C.315 C (10a.)
Fecha de publicación22 Junio 2018
Fecha22 Junio 2018
MateriaCivil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.3o.C.315 C (10a.)

El Código Civil para el Distrito Federal, aplicable para la Ciudad de México, en el artículo 2447, reformado el 6 de febrero de 2003, ubicado en el capítulo III, De los derechos y obligaciones del arrendatario, reconoce el derecho de preferencia para todo arrendatario en la adquisición del bien arrendado, sea destinado a casa habitación o a diverso uso; esto es, la legislación concede este derecho a cualquier clase de arrendatario, sea de vivienda o no, porque genéricamente remite al artículo 2448 J, que pertenece a la ley especial en materia de arrendamiento de casa habitación, para regular los requisitos de ese derecho, con todas sus consecuencias y efectos, como el derecho de retracto, que constituye un derecho del arrendatario posterior a la venta realizada, que persigue la conservación de dicha venta...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR