Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, 8 de Junio de 2018 (Tesis num. XIV.P.A.4 K (10a.) de Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, 08-06-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIV.P.A.4 K (10a.)
Fecha de publicación08 Junio 2018
Fecha08 Junio 2018
Número de registro2017118
MateriaComún
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XIV.P.A.4 K (10a.)

El artículo 182, párrafo cuarto, de la Ley de Amparo dispone que con la demanda de amparo adhesivo se correrá traslado a la parte contraria para que exprese lo que a su interés convenga, aunque no prevé un plazo para el ejercicio de esa prerrogativa; empero, acorde con la normativa que rige al juicio de amparo, a efecto de tener procedimientos ágiles que se tramiten en el menor tiempo posible y con el mínimo empleo de recursos, en cumplimiento del derecho de pronta administración de justicia tutelado por el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe estarse al de tres días conforme al artículo 297, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente conforme al numeral 2 de la ley indicada, plazo que, en atención a su artículo 18, debe computarse a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación de la admisión de esa demanda.



TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.

Recurso de reclamación 3/2018. 15 de marzo...

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