Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, 1 de Junio de 2018 (Tesis num. V.3o.P.A.8 P (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Quinto Circuito, 01-06-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónV.3o.P.A.8 P (10a.)
Fecha de publicación01 Junio 2018
Fecha01 Junio 2018
Número de registro2017077
MateriaConstitucional, Penal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; V.3o.P.A.8 P (10a.)

De los artículos 20, apartado A, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 201 a 206 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se advierte que uno de los requisitos para que el Juez de control pueda autorizar el trámite del procedimiento abreviado, es que el imputado manifieste ante su presencia estar debidamente informado de sus alcances; sin embargo, para estimar satisfecho ese requisito, no basta que se haga saber al imputado que al sujetarse a dicha forma de terminación anticipada, acepta su responsabilidad en la intervención del hecho tipificado como delito que se le atribuye, sino que es necesario que conozca y asuma las consecuencias y alcances de esa aceptación, las cuales se constituyen no sólo por la pena de prisión, sino por las relativas a la imposición de sanciones pecuniarias, o bien, las atinentes a la reparación del daño. De ahí que si el Juez de control omite explicarle que una de las consecuencias de la aceptación de la apertura del...

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