Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, 25 de Mayo de 2018 (Tesis num. XVI.1o.A.160 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito, 25-05-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2017039
Número de resoluciónXVI.1o.A.160 A (10a.)
Fecha de publicación25 Mayo 2018
Fecha25 Mayo 2018
MateriaAdministrativa
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XVI.1o.A.160 A (10a.)

El recurso de revisión fiscal es un medio de impugnación excepcional al alcance de las autoridades para controvertir, entre otros actos, las sentencias definitivas emitidas por las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Administrativa y, de acuerdo con el párrafo primero del artículo 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, aquéllas deben interponerlo a través de la unidad administrativa encargada de su defensa jurídica o por la entidad federativa coordinada en ingresos federales correspondiente, incluso, porque el numeral 5o. del propio ordenamiento señala que la representación de las autoridades corresponde, precisamente, a las unidades administrativas mencionadas, según lo disponga el Ejecutivo Federal en el reglamento o decreto respectivo y, en su caso, conforme lo prevea la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. En estas condiciones, dichas unidades administrativas son las únicas legitimadas para interponer ese medio de impugnación, pues la ley citada no autoriza la representación de las autoridades por apoderado o mandatario, ni siquiera cuando su normativa interna les permita otorgar, revocar o sustituir poderes. Por tanto, cuando la Comisión Federal de...

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