Tesis Aislada, Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 4 de Mayo de 2018 (Tesis num. I.13o.T.192 L (10a.) de Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 04-05-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2016807
Número de resoluciónI.13o.T.192 L (10a.)
Fecha de publicación04 Mayo 2018
Fecha04 Mayo 2018
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.13o.T.192 L (10a.)

Conforme al artículo 875 de la Ley Federal del Trabajo la audiencia consta de dos etapas: a) la de conciliación; y, b) la de demanda y excepciones; la que iniciará con la comparecencia de las partes que concurran; sin embargo, no exige que deba agregarse al expediente copia simple o certificada de los documentos que las partes exhiban para identificarse. Lo anterior se explica, porque al abrirse la audiencia, es el secretario de la Junta quien redacta su desarrollo asentando si las partes comparecen y cómo lo hacen, es decir, si personalmente o mediante apoderado o, incluso, si van acompañados de un asesor legal o abogado y con qué documento se identifican, dando fe de esas circunstancias; ello, previo a que los contendientes hagan uso de la voz. En este tenor, dada la fe pública que...

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