Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 11 de Mayo de 2018 (Tesis num. IV.1o.A.74 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, 11-05-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIV.1o.A.74 A (10a.)
Fecha de publicación11 Mayo 2018
Fecha11 Mayo 2018
Número de registro2016858
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; IV.1o.A.74 A (10a.)

Es improcedente conceder la suspensión contra los efectos y consecuencias de la aplicación del artículo 158 Bis de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León, consistente en la obligación, entre otras, de las personas físicas y morales que contraten la prestación de servicios de personal dentro del territorio del Estado, de retener y enterar el impuesto sobre nóminas, al constituir una medida que tiene como objeto evitar prácticas de evasión fiscal y fortalecer el control de obligaciones de los contribuyentes con esquemas de contratación por medio de outsourcing o subcontratación de personal, por lo que de concederse la medida cautelar se transgrediría el artículo 128, fracción II, de la Ley de Amparo, ya que se contravendrían disposiciones de orden público y se causaría perjuicio al interés social, pues conllevaría la continuación de infracciones relacionadas con la omisión de las retenciones en materia de dicho tributo, lo cual implica...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR