Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 20 de Abril de 2018 (Tesis num. I.7o.P.8 K (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 20-04-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.P.8 K (10a.)
Fecha de publicación20 Abril 2018
Fecha20 Abril 2018
Número de registro2016664
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.7o.P.8 K (10a.)

La Ley de Amparo abrogada no regulaba expresamente la procedencia de la ampliación de la demanda, por lo que dicha figura se regía por criterios jurisprudenciales; sin embargo, actualmente, el artículo 111, fracción II, de la ley vigente señala que procederá cuando "el quejoso tenga conocimiento de actos de autoridad que guarden estrecha relación con los actos reclamados en la demanda inicial", sin condicionarla a que el dato novedoso por el que se pretende realizar la ampliación se deduzca directamente del informe justificado que obre en autos; de cualquier modo, conforme al artículo sexto transitorio de la ley vigente...

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