Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 6 de Abril de 2018 (Tesis num. I.5o.P.20 K (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 06-04-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.5o.P.20 K (10a.)
Fecha de publicación06 Abril 2018
Fecha06 Abril 2018
Número de registro2016545
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.5o.P.20 K (10a.)

El artículo señalado prevé una regla especial de competencia en el juicio de amparo cuando el acto reclamado se atribuye a un J. de Distrito, pues la competencia para conocerlo, se surte a favor de otro J. del mismo Distrito y especialización y, si no lo hubiera, del más cercano dentro de la jurisdicción del Circuito al que pertenezca; de esta manera, si bien es factible que de acuerdo con la naturaleza del acto reclamado (omisión o abstención del J. de Distrito), pudiera encuadrar en una de las hipótesis del artículo 37 de la Ley de Amparo, de manera específica, la prevista en su último párrafo, que ordena: "cuando el acto reclamado no requiera ejecución material, es competente el J. de Distrito en cuya jurisdicción se haya presentado la demanda", lo cierto es que, en este caso, no debe aplicarse dicha regla, sino aquella especial, sobre todo cuando con ello se privilegia el factor de cercanía del J. de Distrito que debe conocer del juicio respecto de la autoridad judicial federal señalada como responsable.


QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Conflicto competencial 20/2017...

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