Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 6 de Abril de 2018 (Tesis num. III.5o.C.47 C (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 06-04-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2016546
Número de resoluciónIII.5o.C.47 C (10a.)
Fecha de publicación06 Abril 2018
Fecha06 Abril 2018
MateriaCivil,Derecho Civil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.5o.C.47 C (10a.)

De la interpretación sistemática de los artículos 43, fracción IX y 65 de la Ley de Concursos Mercantiles se deduce que el legislador previó una disposición inhibitoria del embargo o de su ejecución contra bienes o derechos del comerciante durante la etapa de conciliación o, en su caso, en el periodo de quiebra, a excepción de que se trate de créditos laborales o fiscales. En ese sentido, el mandato contenido en la sentencia que declara el concurso mercantil, sólo suspende o detiene la posible ejecución de embargos decretados en procedimientos judiciales seguidos contra el comerciante. Por su parte, la retroacción de la resolución relativa tiene por objeto evitar y, de ser necesario, declarar la ineficacia de los actos o maniobras fraudulentas hechas por el comerciante para librarse de la responsabilidad que sigue de la cesación generalizada de sus pagos, por lo que sólo incide sobre actos de disposición efectuados por él mismo con terceras personas -las que se enumeran en los diversos artículos 114, 115, 116 y 117-, que lesionen su patrimonio como prenda común de sus acreedores, con el objeto de recuperar bienes indebidamente detraídos. En este contexto, no están sujetos a la acción revocatoria, prevista en el diverso artículo 113, los embargos provenientes de procedimientos judiciales, efectuados durante el...

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