Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito, 16 de Marzo de 2018 (Tesis num. XIX.1o.A.C.13 C (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y Civil del Décimo Noveno Circuito, 16-03-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2016463
Número de resoluciónXIX.1o.A.C.13 C (10a.)
Fecha de publicación16 Marzo 2018
Fecha16 Marzo 2018
MateriaCivil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XIX.1o.A.C.13 C (10a.)

Acorde con el criterio sustentado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis de jurisprudencia 1a./J. 54/2010, de rubro: "RECURSOS. LOS TÉRMINOS LEGALES PARA INTERPONERLOS COMIENZAN A CONTAR A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE PRESENTA EL ESCRITO POR EL CUAL LA PARTE INTERESADA SOLICITA QUE SE LE TENGA POR NOTIFICADA LA RESOLUCIÓN DE QUE SE TRATE (CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE TAMAULIPAS).", la presentación del escrito por el que la parte interesada solicita que se le tenga por notificada de una resolución, tiene los efectos de una notificación personal, por lo que si dicha actuación procesal se presenta en un juicio ejecutivo mercantil, surte efectos al día siguiente hábil, al igual que las notificaciones personales conforme al Código de Comercio y, en consecuencia, los términos para interponer los recursos a que...

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