Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 16 de Febrero de 2018 (Tesis num. I.5o.A.7 A (10a.) de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 16-02-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.5o.A.7 A (10a.)
Fecha de publicación16 Febrero 2018
Fecha16 Febrero 2018
Número de registro2016266
MateriaAdministrativa
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.5o.A.7 A (10a.)

Cuando en los puntos resolutivos de una sentencia del juicio contencioso administrativo se efectúa una declaración de nulidad genérica de dos o más actos impugnados, sin hacer una mención específica y concreta de alguno de éstos, los cuales motivaron la promoción de la demanda, es inconcuso que no resultan contradictorios con las consideraciones y tampoco le irrogan perjuicio al actor, siempre que en la parte considerativa de la sentencia se precisen aquellos cuya ilegalidad se decretó; de ahí que en aras de respetar el principio de economía procesal y con el propósito de no retardar el cumplimiento de la sentencia, si se promueve amparo en su contra...

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